Brinda a los estudiantes en situación de vulnerabilidad económica la posibilidad de generar un ingreso, a través de su vinculación en actividades técnico administrativas en las diferentes áreas de la Universidad.
“Se denominarán Monitorías a todas las actividades de apoyo a la Universidad que desarrollen los estudiantes de pregrado en las áreas de Docencia, Investigación, Administrativas o Especiales”. (Resol. 040 de Consejo Superior de julio 15 de 2002)
MODALIDADES DE LAS MONITORÍAS.
En la Universidad del Valle se podrán otorgar las siguientes modalidades de Monitorías:
1. Monitorías de Docencia: Son las que se otorgan a estudiantes regulares de la Universidad matriculados en Programas Académicos de Pregrado para el apoyo y colaboración en actividades del área docente en una asignatura en particular, tales como, consecución y adecuación de material bibliográfico y audiovisual, asesoría, complementación, orientación a los estudiantes en talleres, tareas y trabajos, con la orientación del profesor responsable de ella. En ningún caso bajo esta modalidad, el monitor podrá considerarse como un reemplazo del docente encargado de la asignatura, en funciones como dictar clases, calificar pruebas, realizar tutorías, entre otras
2. Monitorías de Investigación: Son las que se otorgan a los estudiantes regulares de la Universidad matriculados en Programas Académicos de Pregrado para desarrollar actividades específicas de apoyo en proyectos de investigación. Se conceden dentro de los períodos académicos que establece la Universidad, y la supervisión de las actividades estará a cargo del profesor investigador responsable del proyecto.
3. Monitorías Administrativas: Son las que se otorgan a estudiantes regulares de la Universidad matriculados en Programas Académicos de Pregrado, a quienes se les ofrecen las siguientes posibilidades:
a. Realizar actividades técnicas o administrativas en las diferentes dependencias de la Institución, realizando actividades en labores relacionadas con su formación integral. Las actividades que desempeñen se realizarán bajo la supervisión de un funcionario (Docente o Administrativo) de la Universidad.
b. Desarrollar labores ocasionales de apoyo al personal de planta de la Universidad, para el cumplimiento de actividades específicas de su área de desempeño, siempre y cuando estas labores no impliquen continuidad y permanencia, y la monitoría proceda cuando se presente un incremento estacional y evidente de la carga laboral normal de la respectiva dependencia en el desarrollo de procesos de tipo estacional. Estas labores no requieren entrenamiento previo especial para el monitor y la interrupción de la monitoría, no debe alterar el desarrollo normal de la actividad.
4. Monitorías Especiales: Son las que se otorgan a estudiantes regulares de la Universidad matriculados en Programas Académicos de Pregrado para prestar apoyo en actividades académicas, a estudiantes de la Universidad, que presentan discapacidad física.
Requisitos (entre otros)
Para mayor información ver Resoluciones de Consejo Superior relacionadas con monitorías